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sábado, 25 de abril de 2009

NUEVO SOBRANO GRAN COMENDADOR EN MÉXICO


Por Cuauhtémoc D. Molina García

El doctor en derecho Onosandro Trejo Cerda es el nuevo Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de México de la Masonería del Rito Escocés Antiguo y Aceptado. Ocupará el cargo durante tres años, a partir de este abril de 2009 y hasta abril del 2012.

Durante las recientes sesiones de abril del Supremo Consejo, el doctor Trejo fue electo, solo entre los suyos -los miembros activos de dicho organismo- y teniendo como contrincante fraternal y electoral interno al abogado y político Manuel Jiménez Guzmán.

El doctor Trejo Cerda es un hombre ilustrado. Abogado, especialista en derecho constitucional, maestro en derecho y doctorado en la misma disciplina con la tesis Sistema normativo y formación de leyes en México, se ha nutrido de la sabia de la Universidad Nacional Autónoma de México, en donde también es catedrático en su área desde principios de los años ochenta. Nuestro nuevo I. y P. S. G. Comendador es autor de dos obras importantes: El procedimiento legislativo mexicano y Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, comentada. Es además, maestro de grado en Filosofía por la propia UNAM, con la tesis Dominación e idelología.

Actualmente, el doctor Trejo Cerda se desempeña como director del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) de la H. Cámara de Diputados, cargo que desempeña con talento y dedicación.

En el seno de la Orden, el nuevo Comendador del Supremo Consejo de México reconoce el papel exacto y preciso del escocismo en la formación de los masones mexicanos. Él sabe, a ciencia cierta, que los grados escoceses son grados invitacionales y de complemento en la formación de los Maestros, y que las Grandes Logias poseen preeminencia por ser las organizaciones que trabajan los grados esenciales, de base, de todos los sistemas filosóficos habidos y por haber dentro de la Masonería.

Los masones que trabajan el Rito Escocés sabrán reconocer en su nuevo Comendador las virtudes esenciales que un auténtico líder debe expresar para lograr el crecimiento y el desarrollo de su organización, tales como la tolerancia, el conocimiento perfecto de los deberes fraternales, la capacidad de unir y congregar y, sobre todo, la inteligencia para guiar al Supremo Consejo con un respeto total a las Grandes Logias, autónomas y soberanas desde su fundación en Londres de 1717-1723, incluso antes, obviamente, que el citado Balaustre XXXIII, cuyo contenido y fundamentos muchos masones invocan y pocos conocen.
Este es el llamado que el nuevo Comendador hizo a Delegados y Subdelegados en el país (México), cuyo comportamiento, en muchos casos, deja mucho que desear a la vista del propio Supremo Consejo y, sobre todo, a la vista de los Maestros Masones de las Grandes Logias, quienes esperan reconocimiento a su dignidad de tales, respeto a sus Grandes Logias y la distancia necesaria entre dos organismos que contituyen, de suyo, dos edificios paralelos y de ningún modo uno encima del otro. Es preciso que los "filosóficos" mexicanos entiendan que el grado máximo de la Masonería Universal y básica es el Maestro Masón, y que el Grado 33º es máximo solo dentro del Rito Escocés, pero éste no es la Masonería, sino tan solo una expresión de ella.
Celebramos el que doctor Trejo tome las riendas del Supremo Consejo. Ojalá y recupere este organismo la dignidad, el decoro y la vocación de estudio y formación masónica de sus integrantes. Como académico, el nuevo Soberano Gran Comendador sabrá aquilatar lo que vale el estudio y la formación intelectual, espiritual y moral de los masones que practican el escocismo en nuestro país para que sean efectivamente útiles a sus Logias, en calidad de Maestros, a la sociedad y al país.
Salud al Supremo Consejo!

jueves, 3 de abril de 2008

SUPREMO CONSEJO DE ARGENTINA: PRINCIPIOS Y CONDUCTA


Desde Buenos Aires: http://www.scg33argentina.org

Declaración de principios y normas de conducta del Supremo Consejo de la República Argentina:

La reafirmación de la creencia en un Supremo Hacedor del Universo.
Sostiene que la Masonería es adogmática y que, por ello cada masón puede concebir a Dios y rendirle culto según su creencia, mereciendo todas las religiones igual respeto y consideración.
La defensa de los derechos humanos, considerando a todos los hombres libres e iguales. Y afirmando la integridad y dignidad de la vida humana.
Declara que la Masonería es apolítica y que, en consecuencia, todo masón individualmente, puede ejercer cualquier actividad partidaria lícita y democrática.
Afirma que la libertad es un atributo otorgado al hombre por el Supremo Hacedor y que, por consiguiente, no puede ser suprimida ni restringida por hombre alguno o grupos de hombres, y
Considera contrarios a los principios masónicos el actuar en el carácter corporativo y ejercer influencia o presión sobre los actos de las autoridades legítimamente constituidas en el ejercicio de sus funciones, debiendo el masón actuar en la vida civil de acuerdo con su juicio individual y los dictados de su conciencia, que no pueden ser otros que los enunciados en los principios que libremente ha aceptado.

Historia
El Supremo Consejo Grado XXXIII para la República Argentina nace a la luz el 22 de abril de 1858 de la propuesta de un grupo de hermanos que habían recibido el grado 33° del Supremo Consejo del Uruguay.El Supremo Consejo y Gran Oriente de la República Oriental del Uruguay otorga la Carta Patente Constitutiva a este Alto Cuerpo el 5 de setiembre de 1858, asumiendo en ese entonces, como Soberano Gran Comendador el Ilustre y Poderoso Hermano Dr. José Roque Pérez.La VI Conferencia Internacional de Supremos Consejos Confederados reunida en París en 1929, en una de sus resoluciones recomendó que en los países donde existen organizaciones simbólicas, los Supremos Consejos no intervengan en la legislación, organización y administración de estos Cuerpos Masónicos. Siguiendo esas recomendaciones el Supremo Consejo de la Argentina el 5 de diciembre de 1930, establece mediante decreto N° 445 la separación masónica del simbolismo en la jurisdicción del Rito y reconoce como único Cuerpo Regular Simbólico a la Gran Logia de la Masonería Argentina del Rito Escocés Antiguo y Aceptado con plena y amplia autonomía y jurisdicción exclusiva para administrar los grados 1° al 3°.En conformidad con dicho decreto, la Gran Logia el 19 de mayo de 1932 eleva su Constitución al Supremo Consejo, la que es aprobada el 2 de junio del mismo año.El 15 de setiembre de 1932 se firma el Pacto de Unión y Amistad entre el Supremo Consejo Grado XXXIII y la Gran Logia, en la que ambas Cuerpos reconocen su jurisdicionalidad y administración en todo el territorio de la República Argentina .Desde ese entonces hasta la actualidad ambas instituciones hacen mención a su origen y rito comunes aunque la administración de los grados se particularice por institución, sin perjuicio que la pureza de la totalidad del Rito Escocés Antiguo y Aceptado sea una preocupación del Supremo Consejo Grado XXXIII, tal como ocurre en la Masonería Escocista mundial.